Regulación de refrigerantes en México
México ha asumido compromisos internacionales para la eliminación de refrigerantes que dañan la capa de ozono (HCFC) y la reducción gradual de HFC con alto potencial de calentamiento global. Las empresas industriales deben conocer el marco regulatorio para cumplir con sus obligaciones.
Línea del tiempo
Protocolo de Montreal
México firma el acuerdo internacional para eliminar sustancias que agotan la capa de ozono (SAO), incluyendo CFC.
Ley General del Equilibrio Ecológico (LGEEPA)
Establece el marco legal para la protección ambiental en México, incluyendo regulación de sustancias contaminantes.
Ajuste de Montreal
Se acelera la eliminación de HCFC. México se compromete a reducir consumo de HCFC en 97.5% para 2030.
Enmienda de Kigali
Se incluye la reducción gradual de HFC en el Protocolo de Montreal. México debe congelar el consumo de HFC y comenzar reducciones.
Eliminación de R-22 en equipos nuevos
Prohibición de importación de equipos nuevos con R-22. Solo se permite R-22 reciclado para servicio de equipos existentes.
Reducción de HFC
Inicio de la reducción gradual de consumo de HFC según calendario de Kigali para países Artículo 5.
Meta de reducción
México debe alcanzar una reducción del 80% en el consumo de HFC respecto a la línea base.
Normativas aplicables
NOM-148-SEMARNAT
Regula las características de los equipos de refrigeración y aire acondicionado que utilizan refrigerantes. Establece requisitos de eficiencia energética y tipo de refrigerante permitido.
Ley General del Equilibrio Ecológico (LGEEPA)
Marco legal general para la protección ambiental. Regula la emisión de contaminantes y sustancias agotadoras de la capa de ozono.
NOM-052-SEMARNAT
Establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos, incluyendo refrigerantes contaminados.
Programa de eliminación de HCFC (HPMP)
Programa nacional financiado por el Fondo Multilateral del Protocolo de Montreal para apoyar la transición de HCFC a alternativas de menor impacto.
Obligaciones para empresas
Las empresas que operan sistemas de refrigeración y aire acondicionado en México deben:
- Recuperar refrigerantes antes de cualquier reparación mayor, retrofit o desmantelamiento de equipos
- No liberar refrigerantes a la atmósfera de forma intencional
- Registrarse como generadores de residuos peligrosos ante SEMARNAT si manejan más de 400 kg/año
- Contratar empresas autorizadas para el transporte y disposición de refrigerantes usados
- Mantener bitácoras de movimientos de refrigerantes (cargas, recargas, recuperación)
- Planificar la transición de equipos con HCFC y HFC de alto GWP
Para servicios de recuperación, consulte nuestra página de gases refrigerantes y el proceso de recuperación.
