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B2B industrial · Monterrey y corredor norte · Expediente documental

Autorizaciones · Alcance operativo · Monterrey y Nuevo León

Autorizaciones y alcance operativo de ECOSAVE del Norte

ECOSAVE del Norte es la representación comercial regional de ECOSAVE para proyectos ambientales industriales B2B en Monterrey, Nuevo León y el corredor norte. Cobertura operativa en Monterrey, Nuevo León y corredor norte. Representación comercial a nombre de Ricardo Lozano Manjarrez (RFC LOMR950708HR0). Sin oficina física de atención al público en Monterrey.

Esta página describe, con carácter orientativo, cómo se relacionan las autorizaciones federales de referencia con los servicios que ECOSAVE del Norte puede ejecutar conforme al alcance descrito en la autorización y validado por escrito en cada proyecto.

Compras, HSE y legal deben contrastar vigencia, supuestos y condiciones en los registros oficiales de SEMARNAT y SCT y en la propuesta contractual; actividades fuera del alcance autorizado no deben darse por cubiertas con base solo en material web.

La cobertura operativa en Monterrey y Nuevo León se coordina por proyecto; no declaramos domicilio u oficina física en Monterrey. El alcance técnico y documental se valida por escrito antes de ejecutar.

Respuesta directa

¿Qué autorizaciones y alcances documentales publica ECOSAVE del Norte?

ECOSAVE publica referencia orientativa de la autorización 15-II-155-23 para acopio y de la autorización 15-I-328-23 para recolección y transporte de residuos peligrosos. Compras y EHS deben contrastar vigencia y alcance ante la autoridad emisora y en la propuesta contractual.

Autorizaciones mencionadas

Nota editorial: este bloque es meramente informativo para criterios internos de contratación y cumplimiento; no constituye asesoría legal. Los datos decisivos deben verificarse ante SEMARNAT, SCT y, en su caso, autoridad estatal o municipal, así como con su asesor jurídico.

SEMARNAT 15-II-155-23

La autorización SEMARNAT 15-II-155-23, en favor de Ricardo Lozano Manjarrez, corresponde al acopio de residuos peligrosos. La instalación autorizada se ubica en Carretera Otumba–Ciudad Sahagún Km 3-A, Hacienda Soapayuca, Axapusco, Estado de México, CP 55940. Su capacidad autorizada de almacenamiento es de 5,300 toneladas al año; este dato no representa volumen anual operado. La vigencia y el alcance exacto se contrastan con la autorización y la autoridad emisora.

Qué puede cubrir (orientación): marco federal de referencia asociado a operación de centro de acopio de residuos peligrosos, siempre conforme al alcance descrito en la autorización vigente y a lo contratado por escrito.

Qué no debe asumirse: cobertura genérica de toda actividad en planta, sustitución de obligaciones del generador, ni validez de datos sin consulta en fuente oficial.

Vigencia: La documentación suministrada indica una vigencia de 10 años. Confirme vigencia y alcance con SEMARNAT; esta página no certifica el estado actual del título.

Ver autorización SEMARNAT 15-II-155-23 (PDF, versión pública)

Versión pública con datos sensibles omitidos; vigencia y supuestos verificables en la fuente oficial de SEMARNAT.

Autorización 15-I-328-23 · recolección y transporte

Qué puede cubrir (orientación): recolección y transporte de residuos peligrosos dentro del alcance y los supuestos del título, conforme al alcance descrito en la autorización y a la cadena acordada en el proyecto.

Qué no debe asumirse: que toda ruta, carga o corriente quede cubierta sin validación documental previa; actividades fuera del alcance autorizado requieren figura y permisos propios.

Vigencia: La documentación suministrada indica una vigencia de 10 años. Confirme vigencia y alcance con SEMARNAT; esta página no certifica el estado actual del título.

Ver autorización 15-I-328-23 (PDF, versión pública)

Versión pública con datos sensibles omitidos; vigencia y supuestos verificables ante la autoridad emisora.

PDF parciales y anexos de apoyo: Autorizaciones y permisos (descargas) · Paquete de homologación (PDF).

Alcance por servicio

Tabla de referencia; el detalle contractual y el título vigente prevalecen sobre cualquier resumen.

ServicioQué se realizaDocumento generadoCondición de alcance
Asbesto industrialApoyo técnico y operativo de retiro o gestión acotada a lo convenido (confinamiento, secuencias de obra, coordinación documental).Plan de trabajo, evidencias por etapa, manifiesto o cierre documental según corriente y etapa acordada.Solo conforme al alcance descrito en la autorización y validación por escrito del proyecto; no certificación libre de riesgo.
Residuos peligrosos (industrial)Cadena documental y operativa de manejo/recuperación/acopio según corriente NOM-052 y ruta acordada (sin sustituir registro del generador).Manifiesto electrónico cuando aplique, bitácoras, evidencia fotográfica, comprobantes de recepción o tratamiento según ruta.Sujeto a clasificación previa y a que el servicio contratado coincida con el título; actividades fuera del alcance autorizado no se asumen incluidas.
Recuperación de gases refrigerantesRecuperación y trazabilidad documental por equipo o circuito conforme a lo acordado (identificación, pesaje, secuencia de evidencias).Bitácora de recuperación, identificación del refrigerante, evidencia técnica y ruta documental según alcance.No todo refrigerante o recipiente se clasifica automáticamente como residuo peligroso: depende del estado, la mezcla, el recipiente y la norma aplicable; operación conforme al alcance descrito en la autorización y propuesta.
Diagnóstico documentalRevisión de brechas entre operación en piso y expediente normativo, con priorización acotada al alcance contratado (sin dictamen de autoridad).Informe de brechas, listado de documentos faltantes y plan de acción orientativo.Resultados vinculados al alcance del encargo; no sustituye auditorías regulatorias ni obligaciones internas del generador.

Qué documentos puede recibir el cliente

  • Manifiestos electrónicos y anexos cuando aplique la corriente regulada.
  • Bitácoras de recuperación de refrigerante o de manejo de residuos, según el servicio contratado.
  • Evidencia fotográfica acotada a etapas acordadas en obra o en sitio.
  • Constancias DC3 u otra evidencia de capacitación del personal, cuando compras o HSE las soliciten en el alcance.
  • Comprobantes de recepción o tratamiento en instalaciones de terceros autorizados, cuando la ruta lo requiera.
  • Informes de brechas y plan de acción (línea de diagnóstico documental).
  • Plan de trabajo y lineamientos de confinamiento para asbesto, según la fase y el alcance validado.

Dependencia entre corrientes: no todo refrigerante o recipiente se clasifica automáticamente como residuo peligroso: depende del estado, la mezcla, el recipiente y la norma aplicable. La corriente y el expediente se definen con el alcance validado por escrito y, en su caso, con laboratorio cuando el proyecto lo requiera.

Checklist para EHS y Compras (impresión)

  • ¿Se consultó la vigencia de la autorización SEMARNAT 15-II-155-23 en la fuente oficial o registro aplicable?
  • ¿Se verificó la autorización 15-I-328-23 para recolección y transporte de residuos peligrosos ante la autoridad emisora?
  • ¿El servicio solicitado está descrito de forma acotada en la propuesta y coincide con el alcance autorizado consultado?
  • ¿La cadena generador–transporte–receptor (cuando aplique) está cubierta con manifiestos o anexos conforme a la corriente?
  • ¿Las corrientes de residuo o refrigerante quedaron clasificadas conforme a la normativa aplicable (p. ej. NOM-052 cuando corresponda RP)?
  • ¿Se identificaron permisos o avisos estatales o municipales que el sitio o el proyecto pudieran requerir además del marco federal?
  • ¿Compras y HSE solicitaron constancias DC3 u otra evidencia de capacitación del personal, según su checklist interno?
  • ¿Volúmenes, ventanas de obra y ubicación física fueron comunicados al prestador para validar factibilidad operativa?

El contenido de esta página es de carácter informativo; no constituye asesoría legal ni sustituto del expediente oficial ante SEMARNAT, SCT u otras autoridades. Las autorizaciones federales de referencia no eximen permisos estatales o municipales que el proyecto pueda requerir, ni las obligaciones del generador conforme a la LGPGIR y demás ordenamientos aplicables. ECOSAVE del Norte no certifica instalaciones libres de riesgos ambientales u ocupacionales: el alcance se delimita por escrito frente al servicio contratado y conforme al alcance descrito en la autorización consultada en fuente oficial.

No solo retiramos. Cerramos el expediente.

Coordinación en Monterrey y Nuevo León

Validar alcance para su operación

Contrastamos folios publicados, alcance por escrito y checklist EHS/Compras antes de confirmar viabilidad del servicio en Monterrey, Nuevo León y corredor norte.

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